PRESENTACION

Asesorías en Informes Financieros y Presupuestales surge como respuesta a la obligatoriedad que tienen todas las entidades públicas territoriales de enviar reportes a los entes de control y planeación, tanto nacional como departamental.
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miércoles, 16 de diciembre de 2015

PORTAFOLIO DE REPORTES A PRESENTAR(FUT, CHIP, SIRECI, CGR PRESUPUESTAL, SIEE, SICEP)¿Por que es tan importante el manejo y envío de los reportes a los entes de planeación y control?







PORTAFOLIO DE REPORTES A PRESENTAR
(FUT, CHIP, SIRECI, CGR PRESUPUESTAL, SIEE, SICEP)
¿Por que es tan importante el manejo y envío de los reportes a los entes de planeación y control?

El supuesto básico parte de una tranquilidad por el correcto manejo de la información, es decir, todo diligenciamiento y envío de datos debe ofrecer la certeza que sea oportuno, medible y suficiente para evitar investigaciones disciplinarias o fiscales; o peor aun sanciones de este tipo

Por esta razón se ofrece experiencia suficiente que garantiza que en ningún municipio en los que se ha contratado nunca fueran sancionados o investigados por causa de reportes a entes de planeacion o control.

El segundo componente lo constituyen los beneficios a los que acceden los municipios bien calificados, específicamente hablando, las asignaciones por Capacidad Administrativa y Eficiencia fiscal.

A estos beneficios solo acceden las entidades que cumplan con ciertos requisitos y son muchos los municipios que están perdiendo la asignación sin ni siquiera saberlo, pues solo revisan las asignaciones CONPES sin conocer el motivo de esa asignación.

Se ofrece entonces que la entidad territorial será medible en todos sus aspectos para poder participar de los beneficios que la Ley le asigna.

Por otro lado, y hablando concretamente del Desempeño Integral,  si se desea avanzar en el indicador nacional se debe como medida fundamental elaborar un plan de Desarrollo evaluable, con un plan indicativo que se pueda medir y un reporte articulado con el Plan de Desarrollo Departamental y Nacional, concordante con las Leyes 617/2000, 715/2001 y 1171/2007 (entre otra normatividad)

Como segunda medida fundamental es necesario medir mensual y trimestralmente (a traves del seguimiento a los planes de acción de cada dependencia) el avance del Plan de Desarrollo. Esto se logra muy fácilmente con una matriz (de Excel inclusive) que arroje resultados concretos y que permita lanzar alertas tempranas sobre los sectores que no cumplen con los objetivos propuestos

Para una mayor claridad se manifiesta que el proceso de reportes debe estar integrado plenamente en los siguientes reportes:


REPORTES A PRESENTAR
REPORTE
ENTIDADES
IMPORTANCIA
PERIODICIDAD
NORMATIVIDAD
FUT (Formulario Único Territorial) 21 formatos x reporte
Ministerio de Hacienda, Departamento Nacional de Planeación, Contaduría General de la Nación
Asigna recursos por Eficiencia Fiscal y Capacidad de Administrativa
1 (Un) reporte anual consolidado que mide el desempeño del municipio
3 (tres) reportes trimestrales
Decreto 416 de 2007
CGR PRESUPUESTAL
16 formatos x reporte
Contraloría General de la Republica
Da la Calificación por Ley 617
1 (Un) reporte anual consolidado que mide el desempeño del municipio
3 (tres) reportes trimestrales
SIRECI (Sistema Integrado para la Rendición de la Cuenta e Informes) 43 formatos x reporte
Contraloría General de la Republica
Mide el cumplimiento de Ley 617, medio ambiente y alumbrado publico
1 (Un) reporte anual consolidado
12 (doce) Reportes Mensuales
3(tres)  reportes trimestrales

Resolución 6289 de de 2011
Resolución 6445 de 2012
SIEE (Sistema de Evaluación de Eficacia
Departamento Nacional de Planeación
Mide el Componente de Eficacia del Plan de Desarrollo
1 (Un) reporte anual consolidado
Ley 715 de 2001
Ley 617 de 2000
Decreto 313 de 2008
SICEP (Sistema Integrado para la Captura de la Ejecución Presupuestal)
28 formatos x reporte
Departamento Nacional de Planeación
Asigna recursos por Eficiencia Fiscal y Capacidad de Administrativa
1 (Un) reporte anual consolidado
Ley 715 de 2001
Ley 617 de 2000
Decreto 313 de 2008
BDME (Banco de Deudores Morosos)
Contaduría General de la Nación
Evita Sanciones por incumplimiento
1 (Un) reporte anual consolidado
12 (doce) Reportes Mensuales
MEN PAE
8 formatos x reporte
ICBF – Ministerio de Educacion
Reporte nuevo, asigna recursos para alimentación escolar
1 (Un) reporte anual consolidado
3 (tres) reportes trimestrales
Ley 1176 de 2007
Resolución 5370 de 1 de Diciembre de 2011
Resolución 1396 de 7 de Abril de 2012


Como se dijo, se cuenta con la experiencia suficiente  para la asesoría en Planeación, seguimiento al Plan de Desarrollo y presentación de reportes a entes de control, con la garantía de CERO (0) investigaciones o sanciones disciplinarias y/o fiscales, así como la participación efectiva del municipio en los recursos por capacidad administrativa y eficiencia fiscal que para esta vigencia promediaron los 500 millones de pesos.

Para cualquier información adicional contactar al teléfono celular 311 630 50 70 o al correo
edan444@gmail.com.

¡Haga visible su gestión y asegure recursos valiosos para su municipio!






viernes, 30 de diciembre de 2011

INFORMACION PUBLICADA EN EL DIARIO LA TARDE: SANCIONES POR INCOHERENCIAS EN REPORTES A ENTES DE CONTROL

DIARO LA TARDE

Una de las medidas adoptadas por la Ley 617 de 2000 para el saneamiento fiscal de los departamentos, distritos  y municipios fue limitar sus gastos de funcionamiento  a un porcentaje de sus ingresos corrientes de libre destinación,  de tal manera que puedan atender, entre otras,  todas sus obligaciones corrientes y la provisión de los pasivos prestacionales y pensionales.
Actualmente, los decretos de categorización expedidos cada año por Alcaldes y Gobernadores son enviados al Ministerio del Interior para su consolidación, el Ministerio remite la información consolidada a la Contaduría General de la Nación y esta procede a expedir una resolución, categorizando los entes territoriales que no cumplieron con este requisito, sin  embargo, en el análisis efectuado recientemente por la Auditoría General de la República, en todo los departamentos y algunos municipios donde funcionan Contralorías, se pudo establecer que no hay coincidencia en  la información que están manejando estas entidades sobre los niveles de categorización de dichos entes territoriales, algunos de los cuales aparecen clasificados para una misma vigencia en categorías diferentes, dependiendo de la entidad de la que provenga la información.
A título de ejemplo, está el caso del Meta que aparece clasificado en categoría 1° por la Contraloría General de la República, CGR, mientras que en la información suministrada por la Contaduría General de la Nación y por el Ministerio del Interior figura en categoría 2°.
Popayán figura en categoría 3° en la información de la Contaduría General de la Nación y del Ministerio del Interior para la vigencia 2010, mientras en la información de la Contraloría General de la República figura en categoría 2°.
Valledupar fue clasificada  para la vigencia 2010 por la Contaduría General de la Nación en segunda categoría, mientras que la Contraloría General de la República se abstuvo de certificarlo. Ante el incumplimiento por parte del ente territorial de reportar la información presupuestal necesaria par cumplir con dicho fin. Al respecto, la CGR informó que ya inició la apertura del respectivo proceso sancionatorio contra el funcionario municipal responsable por el incumplimiento en el reporte de la información presupuestal en dos vigencias consecutivas.
La incidencia de la correcta categorización de los entes territoriales sobre las finanzas públicas es trascendental, pues además de fijar el porcentaje sobre el que se calcularán los límites de gasto, determina también el nivel de la remuneración y/o el límite de gasto en  las Asambleas, Concejos, Personerías y Contralorías.
Teniendo en cuenta las implicaciones derivadas de la incorrecta categorización  de los entes territoriales sobre las finanzas públicas y sobre la sostenibilidad fiscal de los mismos, se hace necesario que la entidad competente extreme las medidas de control sobre los decretos de categorización que se expiden anualmente. Coordinar la consolidación de la información que actualmente manejan el Ministerio del Interior, la Contraloría General de la República y la Contaduría General de la Nación en una sola entidad, de tal forma que se eviten en el futuro las inconsistencias que hasta ahora se han venido presentando y que le cuestan al bolsillo de los contribuyentes por un mayor pago de salarios y otros factores.